Por decreto del Ejecutivo local establecieron las responsabilidades y obligaciones de propietarios de este tipo de mascotas. Además, se tipifican las distintas sanciones a infracciones como abandono en la vía pública, mordeduras que provoquen y la falta de salubridad y seguridad de los canes, entre otras faltas.
El intendente Carlos Arroyo presentó en conferencia de prensa los detalles del Decreto 2877/19 mediante el cual se establece la regulación acerca de la tenencia de perros potencialmente peligrosos dentro del Distrito, creando, a dichos fines, el registro de propietarios de los mismos. Uno de los puntos destacados es el de las sanciones a infracciones detalladas en dicha legislación, la cual contiene 74 artículos.
En dicho evento, el Jefe Comunal explicó que “los últimos hechos me llevaron a hacer una revisión de la legislación vigente nacional, provincial y municipal que no se aplicaban. Actualizamos las sanciones que serán muy importantes porque esta Administración entiende que un perro con fuerza mandibular destacable equivale a tener un arma. No tiene sentido que para poder tener un arma tenga que hacer trámites –lo que me parece que está muy bien- y resulta que tener un perro –que puede matar en un segundo- no lo controla nadie”.
Detalle de multas
En relación al sistema de sanciones que está previsto en el Decreto, se calcula sobre la base de US (Unidad de Sanción) y cada unidad equivale a un litro de nafta premium de YPF al valor del día de la sanción. Las sanciones varían de un equivalente de 100 a 2000 litros de combustible.
Algunas de las infracciones tipificadas en el Decreto son:
- La tenencia de mascotas en infracción a las normas sanitarias o de seguridad (300 a 600 US)
- La tenencia de perros pasibles de contraer rabia o de ser propagadores de cualquier enfermedad (150 a 300 US)
- La conducción de un perro sin collar o sin correa o sin bozal o sin el microchip (300 a 1000 US)
- El depósito de excrementos en la vía pública por parte de cualquier perro (100 a 150 US)
- La provocación de heridas por mordeduras o rasguños a cualquier persona (500 a 1000 US)
- El incumplimiento del cuidado, alimentación y profilaxis de los perros (1000 a 2000 US)
- La falta de responsabilidad subsidiaria sobre los daños, perjuicios o molestias ocasionada por el animal a otras personas o animales (200 a 600 US)
- El alojamiento de perros temperamentales en balcones, terrazas o vehículos (300 a 500 US)
- La presencia de perros sueltos en la vía pública o en lugares de uso público sin correa y sin bozal (1000 a 1200 US)
- La permanencia de perros en lugares cerrados de acceso público (600 a 1000 US)
- El abandono de animales en la vía pública (1500 a 3000 US)
- La venta de mascotas a menores de 18 años y/o personas incapacitadas (1000 a 1200 US)
- La comercialización de perros sin autorización (600 a 1000 US)
- El sometimiento de perros a trabajos que no se adecuen a las características de los animales y/o pongan en riesgos sus vidas (800 a 1500 US)
- La no adopción de las medidas necesarias para que la tranquilidad de los vecinos no se vea alterada (300 a 600 US)
- La alteración de la tranquilidad pública en la franja horaria de 22 a 8 horas (300 a 600 US)
- Dejar a los animales solos en los patios y/o balcones donde se manifieste la presencia mediante ladridos continuos (300 a 600 US)
- El incumplimiento de la instalación de vallas o pared que supere en un 50% la altura del animal parado en dos patas y que las puertas no tengan mecanismos de cierre que eviten ser violadas por el can (400 a 600 US).
- El adiestrador de perros que no esté inscripto en el Registro será sancionado con una multa de 1000 a 1200 US.
- La falta del microchip (600 a 800 US)
- La falta de contratación de Seguro de Responsabilidad Civil (1000 a 1500 US)
- El traslado de canes en vehículos descubiertos sin arnés de pecho ni bozal (800 a 1000 US)
11 dic 2023
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